Según la compañía de telefonía móvil Porta no hay causal jurídica para que se dé por terminado el contrato en forma unilateral, como lo ha solicitado la Superintendencia de Telecomunicaciones (Suptel).
La entidad espera que la Secretaría Nacional de Telecomunicaciones (Senatel) acoja los argumentos que presentó respecto de lo ocurrido el pasado 25 de septiembre, cuando hubo problemas en el servicio que afectaron a sus clientes.
El director jurídico-regulatorio de Porta, Daniel Bernal Salazar, reiteró ayer que en esa fecha no se suspendió el servicio como sostiene la Suptel, sino que fue una afectación debido a un exceso de tráfico.
Agregó que por fallas técnicas producidas en forma fortuita, los directivos de Porta dieron a los clientes prepago servicio gratuito el 25 de septiembre, lo que produjo el congestionamiento.
Además, la Suptel basa su pedido en una cláusula del contrato que se refiere a una suspensión injustificada del servicio por más de 30 días, pero esto tampoco ocurrió.
Bernal insistió en que la Suptel carece de competencia para establecer la terminación del contrato, ya que la administradora de este es la Senatel, y por ello a esta le corresponde analizar cualquier causal de incumplimiento.
De allí que confía en que esta institución tome todos los elementos jurídicos. “En la Senatel hemos encontrado mucha razonabilidad técnica y esperamos que el proceso se lleve dentro del marco legal”, dijo.
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