Con la anterior norma, quien trabajaba parcialmente no tenía una base mínima para aportar.
Los afiliados que cuenten con un trabajo a tiempo parcial tienen un nuevo sistema para aportar al IESS.
El Consejo Directivo aprobó que ese aporte no sea inferior al 50% del salario mínimo vital, es decir, USD 109. Hasta antes de emitir la norma, los empleadores no tenían una base mínima para asegurar a los trabajadores.
Es decir, si una persona laboraba dos horas a la semana únicamente le afiliaban por ese tiempo. En la práctica, ese valor era inferior al 50% del salario mínimo vital, que en el momento llega a USD 218.
Pero ahora si alguien trabaja dos o tres horas al día igual le afiliarán sobre USD 109.
Los técnicos del IESS señalaron que este mecanismo es una forma para incentivar la afiliación. Se aclaró que la nueva norma favorece a empleados y empleadores, porque tampoco se obliga a aportar sobre el 100% del salario mínimo vital.
“Cuando eso estaba vigente las amas de casa, por ejemplo, no querían afiliarse porque le descontaban hasta USD 40 mensuales, pero ahora ese descuento será de USD 20”, señalaron técnicos que trabajan en el tema.
El presidente de la Federación Nacional de Cámaras de la Pequeña Industria, Renato Carlo, señaló que los 20 000 asociados a este gremio acatarán la norma.
Según el empresario, la nueva disposición tiene cosas buenas y malas. Se refiere a que se aportará sobre la mitad del salario básico, pero que también ya no se podrá contratar por dos o tres horas, sino como mínimo por cuatro. “Caso contrario no compensa afiliarle a medio tiempo si va
a trabajar menos de la mitad”, señaló el dirigente.
Para el ex vocal de los empleadores ante el Consejo Directivo, Manuel Vivanco, la principal razón para emitir esta normativa es obtener mayores ingresos para la entidad.
Pero se pregunta cómo se invertirán esos nuevos recursos y cómo se direccionarán los intereses que se obtengan de esa operación financiera en los sectores público y privado del país.
La resolución aprobada por el Consejo Directivo también determina que en los maestros de taller, artesanos autónomos y choferes profesionales sin relación de dependencia se considerará adicionalmente la aportación del 3% para la cesantía.
Además, se establece que el empleador está obligado a inscribir al trabajador temporal de la industria azucarera como afiliado al Seguro desde el primer día de labores. Y el aviso de entrada se deberá remitir en los primeros 15 días de labores.
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